¿Mamá y miembro de mesa?
Hola chicas, les cuento que hoy en la mañana al revisar en la página de la ONPE, si soy miembro de mesa o no, me di con la sorpresa que soy miembro de mesa (tercer suplente). Sinceramente, me quedé helada. No es que sea una desgracia, pero si lo sería el pensar qué hacer con mi rutina para ese día de las elecciones. Cómo podría organizarme, con quién dejaría a mi hija, ya que siempre voy a votar con ella y regresamos lo más rápido posible. Y lo más importante, ella aún toma leche materna, ella duerme mientras la amamanto. Así que envié un correo a consultas@jne.gob.pe, y me contestaron lo siguiente:
"Estimada ciudadana,
En atención a su consulta, le informamos que usted podría realizar el trámite de justificación, siempre y cuando el motivo de su inasistencia al sufragio o instalación se encuentre contemplado dentro de las causales previstas en el Reglamento de Justificación y Dispensa Electoral. A continuación señalo las causales y el documento sustentario:
I- Lactancia
(Aplica únicamente para otorgar Justificación - sólo al cargo de miembro de mesa) Original o copia legalizada o autenticada ante el JNEo la URE de la partida de nacimiento o certificado de nacido vivo o DNI/DNIe del menor lactante, cuya edad debe ser menor o igual a dos (2) años previos a la fecha de elección.
La solicitud de dispensa se presenta a partir del día siguiente de la fecha de la elección, los ciudadanos podrán presentar su solicitud de justificación ante la sede central del JNE, URE, JEE y Oficinas Consulares del Perú en el extranjero.
Los requisitos que debe presentar con su solicitud de dispensa son los siguientes:
a) El recibo original por derecho de trámite emitido por el Banco de la Nación o el recibo de pago original realizado en el JNE de acuerdo con el monto por derecho de trámite aprobado en el TUPA o copia del recibo consular según corresponda (S/. 20.00 - código 1465)
b) El pago debe acreditarse por cada proceso electoral respecto del cual se solicita la justificación.
c) Copia simple del DNI/DNIe vigente.
d) Los documentos que sustenten la causal invocada, conforme a la Tabla General de Causales del presente Reglamento, los cuales deben tener relación directa con la fecha de la elección respecto de la cual se solicita la justificación.
Por este trámite solo se justifica la omisión al cargo de miembro de mesa y no de sufragio, es decir usted deberá emitir el voto con normalidad."
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